Los medios de pagos habilitados son:
- Tarjeta de crédito (desde AFIP)
- VEP a través de Pagomiscuentas o Red Link (desde AFIP)
- F102 (Pagofácil)
Los medios de pagos habilitados son:
El CCT 130/75, que regula la actividad de los empleados de comercio, obliga a contratar un seguro de vida en caso de fallecimiento o incapacidad de los empleados, que es adicional e independiente de las obligaciones de la Ley Contrato de Trabajo.
SUMA ASEGURADA a partir del 01/03/2023 es $ 2.073.227 tanto para fallecimiento por cualquier causa o incapacidad total y permanente.
Recordamos que los nuevos valores del SCVO (Decreto 1567/74) regirán a partir del 01/03/2023.
A continuación, se especifican los nuevos montos aprobados:
Suma Asegurada: $ 382.250,00
Prima Individual: $ 78,36
Asimismo, se mantienen los valores por el derecho de emisión:
Hasta VEINTICINCO (25) asegurados PESOS DOCE ($12).
Entre VEINTISEIS (26) y CINCUENTA (50) asegurados PESOS DIECISIETE ($17).
Más de CINCUENTA (50) asegurados PESOS VEINTICINCO ($25).
La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (SSN) dictó la Circular EX-2018-05384366-APN-GA#SSN a través de la cual establece los valores del Derecho Anual de Inscripción Productores Asesores de Seguros y Sociedades de Productores de Seguros para el año 2023
Productores Asesores de Seguros – $ 4.100,00
Sociedades de Productores de Seguros – $ 16.200,00
En ambos casos el vencimiento operará el 30 de abril de 2023.
Los pagos efectuados con posterioridad a esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2023 sufrirán un recargo del 50%, abonando:
Productores Asesores de Seguros – $ 6.150,00
Sociedades de Productores de Seguros – $ 24.300,00
El importe a abonar en concepto de mantenimiento de inscripción para los casos de suspensión voluntaria en el Registro de Productores Asesores de Seguros correspondiente al año 2023 será de $ 500,00.-
El pago del Derecho Anual de Inscripción debe ser realizado mediante la boleta generada a través del sitio web del Organismo, o a través del siguiente link: https://www.e-pagofacil.com/e-billing/ssn/index.php
Para el supuesto de elegir “Búsqueda por matrícula”, deberá seleccionar la opción Productor Individual o Sociedad, en caso contrario, podrá realizar la búsqueda por tipo y número de documento.
Dicha boleta podrá ser abonada en cualquier sucursal de Pago Fácil, o bien a través de la aplicación de Mercado Pago, mediante escaneo del código de barras que se halla impreso en la boleta.
En caso de imposibilidad de generar la boleta, deberá verificar, en la barra del Menú Principal Herramientas, que no se encuentre seleccionada la opción de Bloqueador de Elementos Emergentes o la opción de ejecución de Popups deshabilitada.
El CCT 130/75, que regula la actividad de los empleados de comercio, obliga a contratar un seguro de vida en caso de fallecimiento o incapacidad de los empleados, que es adicional e independiente de las obligaciones de la Ley Contrato de Trabajo.
SUMA ASEGURADA a partir del 01/02/2023 es $ 1.906.222 tanto para fallecimiento por cualquier causa o incapacidad total y permanente.
La Asociación Civil de Aseguradores de Vida y Retiro de Argentina, Avira, anunció que a partir de su publicación en el Boletín Oficial del 13/1/23, el monto desgravable para los seguros individuales de Vida, Vida con Ahorro y de Retiro asciende a $42.921,24, aplicable a las declaraciones del impuesto a las ganancias correspondientes al año 2022. La medida, largamente esperada por el sector, según Avira, actualiza el último monto vigente de $24.000, válido para las presentaciones de 2021.
Los empleadores del personal de casas particulares deberán ingresar mensualmente, por cada uno de los empleados, los importes que, de acuerdo con las horas semanales trabajadas y la condición de los trabajadores —activo o jubilado—
NOVEDADES NORMATIVAS
El valor del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales para las coberturas de Mayo, Junio y Julio 2022, será de $111,75
Recordá que el aumento de la misma es trimestral.
Ya se encuentra disponible en www.enteley22400.org.ar – Plataforma Virtual, el Curso #obligatorio y gratuito correspondiente al primer cuatrimestre de este año: «Infraseguro: Las consecuencias de los errores en la estimación de las sumas aseguradas».
La fecha límite para aplicarlo es el 15 de Julio.