El CCT 130/75, que regula la actividad de los empleados de comercio, obliga a contratar un seguro de vida en caso de fallecimiento o incapacidad de los empleados, que es adicional e independiente de las obligaciones de la Ley Contrato de Trabajo.
SUMA ASEGURADA a partir del 01/02/2023 es $ 1.906.222 tanto para fallecimiento por cualquier causa o incapacidad total y permanente.